El magistrado Martín Cormick declaró inconstitucional la medida que condicionaba la ejecución de la Ley 27.795 al destino de partidas presupuestarias y ordenó su cumplimiento inmediato.
Antecedentes
En agosto de 2025 el Congreso aprobó la Ley de Financiamiento Universitario (27.795) con mayorías de dos tercios en ambas cámaras. El presidente Javier Milei la vetó, pero en octubre el mismo Congreso insistió y la promulgó, aunque el Ejecutivo la vinculó a la asignación de recursos mediante el decreto 759/2025. Ese texto, firmado también por el jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra Sandra Pettovello, establecía que la norma sólo se aplicaría una vez incorporadas las partidas presupuestarias correspondientes.
Fundamento del fallo
El juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11, resolvió a favor del amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional, diversas universidades, docentes y la Universidad de Buenos Aires. Según el magistrado, el Ejecutivo no puede volver a limitar una ley que ya había sido ratificada por el Congreso con la mayoría calificada que exige la Constitución.
El fallo señala que el artículo 5 de la Ley de Administración Financiera exige que toda norma que genere gastos prevea expresamente su financiamiento; de lo contrario, su ejecución queda suspendida. El juez consideró que el decreto 759/2025 utilizó ese mecanismo de forma “extraconstitucional” para bloquear la Ley 27.795, pese a que la propia norma contiene disposiciones (artículo 9) que permiten al Poder Ejecutivo redistribuir los recursos necesarios.
Implicancias y costos
El tribunal recordó que, durante los dos primeros años de la presidencia de Milei, no se aprobó una Ley de Presupuesto nueva, sino que se prorrogó la de 2023 con seis modificaciones realizadas por el jefe de Gabinete para reasignar partidas. En ese contexto, el juez sostuvo que el Gobierno podía haber usado esos mismos instrumentos para garantizar los fondos universitarios.
Una estimación de la Oficina de Presupuesto del Congreso sitúa el costo de la Ley 27.795 en 2025 en el 0,23 % del Producto Interno Bruto. La norma contempla recursos para el programa “Desarrollo de la Educación Superior”, destinados a asegurar el ingreso, la permanencia y la graduación de los estudiantes, además de financiar tecnología, investigación, extensión universitaria, formación docente y actualizaciones salariales vinculadas al IPC.
Orden judicial y próximos pasos
La sentencia de primera instancia obliga al Poder Ejecutivo a dictar de forma inmediata las normas reglamentarias y ejecutorias que permitan la puesta en marcha de la Ley de Financiamiento Universitario, dejando sin efecto el mecanismo de suspensión utilizado en el decreto 759/2025. La resolución también mantiene vigente una medida cautelar que ya ordenaba el cumplimiento de los artículos relativos a salarios y becas.
El fallo puede ser apelado, pero mientras tanto el Gobierno debe garantizar la financiación de la educación superior según lo establecido por la Ley 27.795.