ARCA cambia la factura electrónica: qué modificaciones rigen y cuándo se implementan

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó una actualización del régimen de factura electrónica que incorpora nuevas obligaciones para determinados contribuyentes y establece un cronograma de aplicación gradual que se extenderá hasta marzo de 2027.

Los cambios fueron establecidos mediante la Resolución General 5866/2026 y alcanzan principalmente a entidades financieras, compañías de seguros, administradoras de tarjetas, sistemas de pago y otros sectores específicos.

Nueva Liquidación Electrónica Mensual

Una de las principales novedades es la creación de la Liquidación Electrónica Mensual, una modalidad que permitirá documentar determinadas operaciones mediante una liquidación consolidada, en lugar de emitir una factura individual por cada operación cuando la normativa lo permita.

Los contribuyentes alcanzados podrán optar entre emitir comprobantes por cada operación o realizar una liquidación mensual para cada cliente.

En caso de elegir esta alternativa, la liquidación deberá emitirse hasta el último día del mes correspondiente y ponerse a disposición del cliente dentro de los 10 días corridos posteriores.

También deberán conservarse los registros y la documentación que permitan identificar las operaciones incluidas.

Nuevas obligaciones para determinados honorarios

Desde el 1 de julio de 2026, los directores de sociedades anónimas, síndicos, integrantes de consejos de vigilancia y autoridades equivalentes de asociaciones, fundaciones, cooperativas y otras entidades deben emitir factura electrónica por los honorarios que perciban.

El comprobante debe confeccionarse cuando se determine formalmente la asignación individual de esos honorarios, ya sea mediante una asamblea, reunión de socios, directorio u órgano ejecutivo correspondiente.

El cronograma de implementación

La aplicación de las nuevas disposiciones será progresiva:

  • 1 de septiembre de 2026: las compañías de seguros deberán emitir comprobantes electrónicos por operaciones con consumidores finales y por determinadas bonificaciones, descuentos, devoluciones, quitas y rescisiones.
  • 1 de octubre de 2026: las entidades financieras comenzarán a emitir comprobantes electrónicos por operaciones vinculadas con contratos de leasing y determinadas actividades de comercio exterior.
  • 1 de diciembre de 2026: se incorporarán nuevas obligaciones para bancos respecto de determinados préstamos, además de administradoras y emisoras de tarjetas y participantes de sistemas de pago mediante transferencias.
  • 1 de marzo de 2027: comenzará la última etapa, que incluirá determinadas operaciones de coaseguro y liquidaciones periódicas realizadas por entidades financieras y administradoras de tarjetas.

Cambios para consumidores finales

La resolución también modifica los requisitos de identificación de los consumidores finales.

Cuando una compra o contratación sea igual o superior a $10 millones, será obligatorio consignar el DNI, CUIL o CDI del comprador. Para personas extranjeras podrá utilizarse el documento de identidad del país de origen o el pasaporte.

En operaciones por debajo de ese monto, los datos de nombre, apellido y domicilio podrán consignarse como “NR” (No Requerido) o quedar sin completar, siempre que el sistema de facturación utilizado lo permita.

Qué sectores están alcanzados

Entre las actividades y entidades alcanzadas por las nuevas disposiciones se encuentran:

  • Compañías de seguros.
  • Entidades financieras.
  • Administradoras y emisoras de tarjetas de crédito, compra y débito.
  • Participantes de sistemas de pago mediante transferencias.
  • Empresas de medicina prepaga.
  • Instituciones educativas privadas.
  • Proveedores de servicios de activos virtuales registrados ante la Comisión Nacional de Valores (CNV).

La normativa también amplía determinadas excepciones a la obligación de emitir comprobantes para operaciones realizadas por organismos públicos, servicios postales, transporte público, juegos de azar, espectáculos públicos y máquinas expendedoras automáticas que cumplan con los requisitos establecidos.

Con estas modificaciones, ARCA busca avanzar en la digitalización y unificación del sistema de facturación electrónica, con una implementación escalonada que finalizará en marzo de 2027.