La Cámara de Diputados aprueba reforma a la Ley de Glaciares

La Cámara de Diputados aprobó con 137 votos a favor una reforma a la Ley de Glaciares que permite la exploración y explotación minera en el ambiente periglaciar, lo que marca un cambio significativo en la protección de estas zonas en el país.

La reforma a la Ley de Glaciares, sancionada en 2010, establecía los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y áreas periglaciares, considerados bienes públicos destinados a la conservación del agua, la recarga de cuencas hidrográficas y la protección de la biodiversidad. Sin embargo, la nueva reforma introduce cambios importantes en la protección de estas zonas.

Uno de los principales cambios es la limitación de la protección a aquellos glaciares y ambientes periglaciares que cumplan con “funciones hídricas” específicas, cuya verificación queda en manos de cada provincia. Esto implica que solo las áreas que sean consideradas estratégicas para el recurso hídrico quedarán bajo resguardo estricto.

La reforma también permite que cada provincia aplique criterios propios para determinar qué proteger, en lugar de aplicar estándares científicos homogéneos y mínimos para todo el país. Además, se introduce un cambio en el sistema de prohibiciones, pasando de un régimen de prohibiciones generales a un sistema donde la evaluación de impacto ambiental, caso por caso y en manos provinciales, definirá qué actividades se pueden autorizar.

La reforma ha generado cuestionamientos de expertos y organizaciones ambientales, que advierten sobre los riesgos de permitir intervenciones en regiones fundamentales para la seguridad de los reservorios de agua dulce del país. Por su parte, el Ejecutivo argumenta que la reforma ordenará el marco normativo, eliminará interpretaciones arbitrarias y fortalecerá el federalismo ambiental, permitiendo que las provincias asuman mayor protagonismo en la gestión de sus recursos.

Los principales puntos de la reforma incluyen:

* La limitación de la protección a aquellos glaciares y ambientes periglaciares que cumplan con “funciones hídricas” específicas

* La posibilidad de que cada provincia aplique criterios propios para determinar qué proteger

* El cambio en el sistema de prohibiciones, pasando de un régimen de prohibiciones generales a un sistema de evaluación de impacto ambiental caso por caso

* La introducción de un enfoque preventivo, que transforma la protección estructural y preventiva de los glaciares y su ambiente en una protección condicional y revisable.