Inocencia fiscal: desde qué montos ARCA podrá denunciar por evasión impositiva

El Gobierno nacional avanza en el Congreso con el proyecto de Inocencia Fiscal, una iniciativa que busca modificar los parámetros a partir de los cuales un contribuyente puede ser denunciado penalmente por evasión. El debate está previsto para este viernes en el Senado y, de aprobarse, implicará cambios significativos en el Régimen Penal Tributario, con el objetivo de actualizar montos que habían quedado desfasados frente a la inflación.

La propuesta forma parte del paquete económico impulsado por la administración de Javier Milei, junto con el Presupuesto 2026, y apunta a incentivar la declaración de los llamados “dólares del colchón”, es decir, fondos adquiridos en el mercado informal durante los años de restricciones cambiarias. Según el Ejecutivo, el esquema brindaría mayor previsibilidad legal y contribuiría a sostener el crecimiento económico.

Nuevos umbrales para la evasión

Uno de los cambios centrales del proyecto es la elevación del monto mínimo a partir del cual la evasión impositiva pasa a ser considerada delito. Con la reforma, la evasión simple se configuraría cuando el monto supere los 100 millones de pesos, muy por encima de los valores vigentes hasta ahora.

Especialistas en materia tributaria aclararon que no todo incumplimiento que supere ese piso constituye automáticamente un delito. Para que exista evasión penalmente relevante deben darse dos condiciones: superar el umbral legal y haber transgredido de manera intencional una obligación impositiva.

En el caso de la evasión agravada, el proyecto eleva el mínimo a 1.000 millones de pesos, cuando actualmente es de 15 millones. Si se utilizan estructuras legales, personas interpuestas o jurisdicciones que dificulten identificar al responsable, el piso se fijaría en 200 millones de pesos. El mismo monto se aplicaría cuando se usen de forma fraudulenta exenciones o beneficios fiscales.

Además, si se emplean facturas o documentación falsa, la evasión agravada se configuraría a partir de los 100 millones de pesos, frente al umbral mucho menor que rige en la actualidad.

Montos desactualizados y críticas técnicas

Desde el ámbito profesional coincidieron en que la actualización de los valores era necesaria. Contadores y tributaristas señalaron que los topes anteriores habían quedado obsoletos y podían involucrar penalmente a contribuyentes sin maniobras relevantes.

No obstante, también advirtieron que, debido a la demora en el tratamiento de la ley y al impacto de la inflación, los nuevos montos podrían volver a quedar desfasados en el corto plazo, ya que el primer ajuste automático recién se aplicaría en 2027.

Cabe aclarar que ciertas figuras penales, como la insolvencia fiscal fraudulenta o la alteración de registros, no dependen de montos y no sufrirían modificaciones con esta reforma.

Multas automáticas, el punto más controvertido

Otro eje del debate gira en torno a las multas automáticas previstas para quienes incumplen con la presentación de declaraciones juradas. De aprobarse el proyecto tal como está redactado, las sanciones aumentarían más de un 110.000%.

A modo de ejemplo, una multa que hoy es de 200 pesos para personas físicas pasaría a 220.000, mientras que para personas jurídicas subiría de 400 a 440.000 pesos.

Ante las críticas, el ministro de Economía, Luis Caputo, aseguró que no se aplicarán sanciones automáticas de manera inmediata. Según explicó, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) enviará primero un recordatorio otorgando un plazo de entre 10 y 15 días hábiles para regularizar la situación antes de imponer una multa.

Además, se evaluará la cantidad de días de demora para aplicar sanciones proporcionales, diferenciando incumplimientos ocasionales de conductas reiteradas.

La discusión en el Senado será clave para definir el alcance final de la ley, que podría modificar de manera sustancial la relación entre el Estado y los contribuyentes en materia penal tributaria.